PLAN DE APOYO A LAS PERSONAS DEPENDIENTES. Las claves de una norma

El impacto real de la ley dependerá de los presupuestos asignados y de cómo se concreta la reglamentación

Se llama oficialmente ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia, pero se la conoce lisa y llanamente como ley de Dependencia. Desde el Gobierno que la ha impulsado se ha bautizado como "el cuarto pilar del Estado de bienestar" tras el Sistema Nacional de Salud, el sistema educativo y el sistema de pensiones, aunque eso dependerá de los recursos presupuestarios y del desarrollo reglamentario. Según las primeras estimaciones, deberá beneficiar a un millón y medio de personas, aunque lo hará de forma progresiva.

La norma aprobada ayer por el Congreso establece un nuevo derecho universal que garantiza la atención y cuidados a las personas dependientes. Se creará el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y el Gobierno aportará más de 12.638 millones de euros para ponerlo en marcha, aunque esa cantidad será gastada entre el próximo año y el 2015. Las comunidades autónomas deberán aportar una cantidad similar. Sin embargo, para el próximo año sólo hay 400 millones presupuestados y deben atenderse ya 200.000 personas. El objetivo es pasar del 0,33% del PIB al 1%.

PERSONAS DEPENDIENTES. El libro blanco de la Dependencia indica que en el 2005 había en España 1.125.190 personas dependientes (ancianos y discapacitados graves), es decir, que necesitan ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria como levantarse de la cama, asearse o comer. Y se calcula que en el 2020 habrán llegado a 1.496.226. Más del 80% de esas personas tiene más de 65 años. El texto también incluye a las personas con discapacidad intelectual, con enfermedad mental y a los menores de tres años con graves discapacidades.

GRADOS DE DEPENDENCIA. A partir del 2007, todos los españoles que lo soliciten será evaluados para determinar su grado y nivel de dependencia y las prestaciones a las que tienen derecho. La situación de dependencia se clasificará en: grado I, o de dependencia moderada (cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas al menos una vez al día); grado II, o de dependencia severa (cuando la persona necesita ayuda para actividades básicas dos o tres veces al día pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador); grado III, o de gran dependencia (cuando la persona necesita ayuda para realizar actividades básicas varias veces al día y por su pérdida de autonomía mental o física necesita el apoyo continuo de otra persona). En cada grado hay dos niveles. Los menores de 3 años con graves discapacidades tendrán una escala específica. Cada comunidad autónoma designará los órganos de evaluación.

CATÁLOGO DE SERVICIOS. Los beneficiarios podrán acceder a los siguientes servicios: prevención, teleasistencia, ayuda a domicilio (necesidades del hogar y cuidados personales); centros de día y de noche (de día para mayores, de día para menores de 65 años, de día de atención especializada y de noche), de atención residencial.

PRESTACIONES ECONÓMICAS. Si no se dispone de oferta pública de servicios, se dará uan ayuda para poder adquirir el servicio en el mercado privado. Habrá también compensaciones económicas por cuidados en el entorno familiar y prestación de asistencia personalizada. Aquellas personas que opten por contratar un seguro privado de dependencia obtendrán beneficios fiscales. El modelo contempla en todo caso el copago.

RENTA Y PATRIMONIO. Para determinar la cuota que se pagará para acceder a las prestaciones y servicios contemplados en la ley (residencias, centros de día, teleasistencia...) se tendrá en cuentra no sólo la renta de las personas sino también su patrimonio. En el Congreso se ha rechazado la enmienda introducida por el PP en el Senado que eliminaba el patrimonio como elemento para determinar la situación familiar. CiU y el BNG también eran partidarios de que el patrimonio no hubiera computado.