La aprobación por unanimidad del Congreso de los Diputados (excepto dos abstenciones del Grupo Mixto) del Estatuto de Andalucía ha provocado general satisfacción y algunos efectos políticos de importancia.

En el fondo, lo que se celebra es el acuerdo PSOE-PP en una reforma estatutaria que alumbra un nuevo estatuto para la comunidad más poblada de España, a pesar de tratarse de un Estatuto de corte y sistemática muy semejantes al de Cataluña, que había provocado un claro y sonoro desacuerdo entre los dos grandes partidos. Lo que destaca, además, es que el Estatuto de Andalucía venía del Parlamento andaluz aprobado sólo por PSOE e IU y con una rotunda oposición del PP a su contenido.

¿Cómo y por qué ha sido posible el acuerdo? Sin incurrir en inmodestia ni, mucho menos, en falsedad, puedo responder a esas y otras interrogantes por el privilegiado lugar que he ocupado en esa negociación. En primer lugar, el acuerdo ha sido posible porque los dos partidos lo hemos buscado sinceramente. El primer día de las negociaciones, las dos delegaciones de PP y PSOE que, a lo largo de decenas de encuentros y cientos de horas de conversación, hemos trabado el acuerdo, nos ofrecimos mutuamente un compromiso de lealtad, discreción y búsqueda del acuerdo.

Nosotros no queríamos que un Estatuto tan importante saliera del Congreso con una mayoría exigua. Ellos, el PP, eran conscientes de que marginarse del marco autonómico andaluz les condenaba largo tiempo en Andalucía. La ausencia del centro-derecha andaluz del referéndum de 1981 iluminaba la estrategia del PP de hoy con una luz irrefutable para no repetir aquel error histórico.

Arenas ha jugado fuerte en esa dirección y ha buscado el acuerdo a pesar de todo. Sus principales representantes en la negociación querían el pacto y, en política, cuando dos lo quieren, el acuerdo es posible. Dice el PP que se han cambiado más de cien artículos del texto original. Cierto, pero eso es normal en el trámite de la Comisión Constitucional. También y, por cierto, con mayor profundidad, se cambiaron más de cien artículos del Estatuto que nos envió el Parlament de Cataluña.

A la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados le corresponde el ajuste constitucional de los textos autonómicos y el encuadramiento del autogobierno al Título VIII de la Constitución y al interés general del Estado. Y eso lo hacemos con todos. Lo hemos hecho con el de Valencia, Cataluña y Andalucía, lo estamos haciendo con el de Baleares y Aragón, y lo haremos con los siguientes, Canarias, Castilla-La Mancha, etcétera. Por cierto, muchos de los artículos corregidos lo fueron a instancias de las enmiendas que el PSOE había presentado y que el PP aceptó por coincidencia con la letra y el espíritu que las animaba.

Negociación

¿Cabe decir que el Estatuto que el PP aprobó en el Congreso de los Diputados era otro del que venía de Sevilla? Honradamente, no. La extensión del Estatuto (240 artículos), los títulos que lo integran, la sistemática de su configuración, el contenido de sus principios y la sustancia del autogobierno que determina son idénticos al Estatuto que aprobó la asamblea parlamentaria de Andalucía.

Sin perjuicio, naturalmente de precisiones semánticas, ajustes legales y correcciones constitucionales y competenciales a las que ya me he referido. ¿Cabe decir que este nuevo Estatuto es plenamente constitucional? Claro, por eso lo hemos aprobado, porque lo creemos así y porque lo hemos enmendado y corregido en esa dirección. Pero lo será también porque nadie lo va a impugnar, cosa que no ha ocurrido en el Estatuto de Cataluña, en el que la fortísima oposición del PP ha culminado con un recurso que traerá fuerte conflictividad jurídica y que dividirá a nuestro Alto Tribunal.

Nadie niega el derecho a este recurso pero estoy firmemente convencido de que si el PP hubiera participado en la negociación del Estatuto catalán, como lo ha hecho en el de Andalucía, hoy no tendríamos ese recurso pendiente. Si su posición de origen no hubiera sido la de oponerse abierta y totalmente al texto catalán y hubiera participado en las negociaciones con la delegación del Parlament, con la voluntad de sumarse al Estatut, el resultado habría sido otro.

Porque, en definitiva, ¿es que el Estatuto andaluz no ha seguido la estela, la sistemática y el contenido global del catalán? Nadie puede negarlo. El Estatuto andaluz es incluso más extenso que el catalán (¿recuerdan las críticas a que un Estatuto tan prolijo parecía una Constitución?). El Estatuto andaluz tiene unos rasgos identitarios en el preámbulo y en el título preliminar que se parecen mucho al catalán (excepto en la lengua).

El Estatuto andaluz tiene treinta largos artículos de Derechos y Deberes (¿recuerdan la impugnación a este título catalán aludiendo a la igualdad de los españoles y a la reserva constitucional de esta materia?) El Estatuto andaluz tiene una definición competencial muy parecida a la catalana y una tipología de las competencias casi idéntica a la del Estatut (¿recuerdan las alegaciones del PP contra la invasión competencial del texto catalán?).

El Estatuto de Andalucía define y reserva una organización de la Administración de Justicia y del Poder Judicial en su comunidad autónoma, idéntico al que se creará en Cataluña (¿recuerdan las gravísimas acusaciones contra la desmembración del Poder Judicial español?).

El Estatuto andaluz, en fin, recoge un título de presencia y acción exterior de Andalucía, de participación en la UE o de cooperación bilateral con el Estado, que hacen ridículas y hasta risibles las catastrofistas acusaciones que se hicieron al Estatut sobre confederación política con España y otras idioteces de la demagogia de aquellos momentos.

Me adelanto a reconocer que algunas de todas estas regulaciones tienen matices y acotaciones jurídico-constitucionales distintas que en el Estatut, pero afirmo rotundamente que su contenido político y su definición autonómica es similar o idéntica entre ambos estatutos.

Si no fuera así, ¿creen ustedes que lo hubieran aceptado PSOE e IU de Andalucía? Si no fuera así, ¿alguien podría entender las desavenencias internas del PP para su aprobación? Es evidente que en el seno del PP nacional, en Génova y en la carrera de San Jerónimo, se han levantado voces contra la enorme significación del voto popular a este estatuto, respecto a muchas líneas claves del discurso político del PP.

La primera, respecto a la incoherencia de apoyar este estatuto y combatir a muerte el catalán. La segunda, respecto a la fallida y acabada línea argumental del España se rompe con que el PP recibió las reformas estatutarias del Gobierno. Y la tercera, por no extenderme, la aparición de un discurso autonómico en las comunidades del PP que harán inviable la pretendida defensa en solitario de la cohesión nacional. En definitiva, el PP se suma, ¡quién lo iba a decir!, a la España plural de Zapatero.

Con todo, no quiero quitar méritos a este giro. Rajoy lo ha dado, imponiéndose a un sector de su partido nada desdeñable. Lo ha hecho porque le han empujado Arenas, Matas, Fraga y otros, pero también porque en el fondo cree en el modelo autonómico y en su evolución. Lo ha hecho también porque sus representantes en la negociación, Federico Trillo y Soraya Saénz de Santamaría, han trabajado con inteligencia y voluntad de acuerdo.

Ahora queda saber si seguimos por la senda del consenso en política territorial. Para culminar, en los próximos años, esta nueva generación estatutaria y ajustar los instrumentos del Estado que garanticen la solidaridad, la cohesión territorial y el interés general de los españoles, con un Gobierno del Estado eficiente para gobernar la España plural.

Ramón Jáuregui. Portavoz PSOE Comisión Constitucional Congreso de los Diputados.