LO DECÍA, creo, un gran torero: lo que no puede ser no puede ser y además es imposible. Si, sobre ser imposible, es un dislate, pues peor.

Y un dislate supone la propuesta del Consejo de Comunidades Gallegas dirigida a ampliar el cuerpo electoral gallego en autonómicas, permitiendo votar en ellas a los nacidos en Galicia que viven en otras regiones españolas. ¡Como si no tuviéramos ya un cirio que arreglar con el voto exterior, para entrarle ahora al interior! ¿No querían caldo? Pues dos tazas.

Cuando el PSOE y el BNG eran oposición defendían, con razón, la necesidad de poner fin a la vergüenza de que puedan votar en autonómicas miles de gallegos que de Galicia saben sólo lo que les han contado sus abuelos. Y es que lo que empezó siendo una piadosa idea democrática -reparar, mediante el voto, la injusticia histórica de una maltratada emigración- ha acabado convirtiéndose en una gran escandalera: la de la existencia de un censo, el de residentes ausentes, en el que figuran miles de electores sin vinculación real alguna con Galicia, que votan además sin garantías de limpieza electoral.

Proponer ahora que los gallegos de otras comunidades puedan votar en nuestras autonómicas supone desconocer dos aspectos esenciales del problema.

El primero es evidente: según el Estatuto hoy en vigor, son gallegos los españoles que tienen legalmente vecindad en cualquiera de los municipios de Galicia. Ello significa que los nacidos en Galicia sólo son legalmente gallegos sin están aquí avecindados y que los nacidos fuera de Galicia, pero aquí avecindados, son gallegos legalmente. Esta es la previsión estatutaria y resulta muy difícil imaginar que pueda regularse de otro modo, pues ser gallego no es una nacionalidad sino sólo una condición administrativa unida a la vecindad.

Por si no todo esto fuera suficiente, sucede además que el voto está -y debe estar- vinculado a la vecindad administrativa. El acto de votar no es a la carta, pues el elector no vota donde quiere según sus preferencias, sino donde está, como vecino, inscrito en el censo electoral. Cierto que hay electores inscritos en un lugar distinto al de su residencia habitual: pero tal hecho debe ser la excepción y no la regla. Por razones tributarias, administrativas y de transparencia democrática, los electores deben votar en su lugar de residencia: lo contrario, el voto a la carta, generaría un absurdo e injustificado tótum revolútum, fuente de todo tipo de picaresca y componendas.

Sí, es verdad: los sueños de la razón producen monstruos. Los de la confusión dan lugar sencillamente a ideas -o propuestas de voto- peregrinas.