LA CUESTION DE LA TIERRA
Cuando el 14 de abril de 1931 adviene el triunfo de la República, la participación que el campesinado tuvo en él fue más bien escasa.Es en las ciudades donde la Conjunción Republicano-socialista triunfa mientras el voto conservador -acaso el último estertor del caciquismo- se hace fuerte en las áreas rurales.
Aclarado políticamente el entuerto inicial, sin embargo, el recibimiento del triunfo republicano fue asumido como propio en el campo con alegría indescriptible. En las comarcas rurales que arrastraban una secular cuestión agraria, la República no fue proclamada: en el sentir popular campesino, había sucedido que, de nuevo, ¡había estallado la República!, rememorando así los entusiasmos pasados y latentes desde mediados del siglo XIX con el deseo de que al fin se podría dar solución a los viejos problemas agrarios pendientes.
Con la progresiva implantación del capitalismo en la agricultura, los campesinos y jornaleros habían quedado en una situación precaria, de subordinación económica, política y social sin disponer apenas -en la mayoría de las regiones- de un desarrollo industrializador compensatorio. Pero las malas condiciones de vida, la creciente proletarización y las tensiones en el mercado de trabajo sirvieron, a su vez, para concienciar con talante revolucionario a quienes habían sido excluidos de la propiedad de la tierra tras las reformas agrarias liberales de 1812 a 1857. La idea de un reformismo agrario corrector, con finalidad social, había ido cuajando en el paso del siglo XIX al XX aunque quedó truncada con la Dictadura de Primo de Rivera. En su lugar, se dieron tímidos pasos a favor de un reformismo técnico, de corte productivista. Una visión dual y contrapuesta que va a condicionar -según la opción prioritaria que asuma- la acción republicana en materia de reformismo agrario.
En principio, por razón de propaganda populista, prevalece la opción social; también por un determinado afán de justicia histórica, de dar satisfacción a unas reivindicaciones sociales y seculares ligadas a la tierra. Por eso, triunfante la República, afloran renovadas las tensiones acumuladas en el mundo rural, donde se daba por descontado que el triunfo republicano era sinónimo de reforma agraria. De una reforma capaz de introducir las correcciones estructurales y sociales en el régimen de propiedad de la tierra -la cuestión de los latifundios pero también la de los minifundios, yunteros, pegujaleros, rabasaires, braceros, etcétera-. Era volver a retomar la revolución social pendiente de los reformadores decimonónicos que el nuevo clima político, incluso a nivel internacional, favorecía pues por doquier se instauraban políticas de claro contenido social como fórmulas destinadas a superar la grave crisis del capitalismo de la década de 1920.
El Gobierno provisional abordó el tema sin dilación. Con los decretos de Largo Caballero sobre laboreos forzosos, términos municipales, jurados mixtos, bases de trabajo o prohibición de repartos de jornaleros, se buscaba a un tiempo acabar con el caciquismo rural -al recuperar jornaleros y campesinos la libertad de voto sin estar condicionados por la oferta patronal de trabajo- y a la vez armonizar el mercado de trabajo agrícola y mantener los niveles de producción agraria. La naturaleza conflictiva de algunos de esos decretos desencadenó un comportamiento empresarial a la defensiva, reduciendo cultivos o dejando de cultivar las tierras, con la consiguiente merma en la oferta de trabajo, primer signo de boicot al régimen republicano, extendiéndose el dicho, referido a los jornaleros, de que «¡si quieren República, que coman República!».
El escollo principal, no obstante, surge cuando se aborda el tema de la ley de reforma. El proyecto inicial elaborado por una Comisión Técnica fue desestimado por demasiado radical. En su lugar, se prepara otro a cargo de una comisión ministerial que es el que se presenta en las Cortes para su discusión parlamentaria.Iniciado el trámite, fue la hora de los juristas y de los historiadores, por lo que los debates constituyeron uno de los mayores monumentos a la pedantería parlamentaria entre quienes estaban fuera de onda de los reales problemas que aquejaban al campo español.El discurrir de las sesiones terminó por despertar el resabio antirrepublicano entre quienes -campesinos y jornaleros, con nutrida presencia de anarcosindicalistas- veían volatilizarse sus aspiraciones inmediatas del gran día -el día del reparto, por supuesto, de las tierras- en aras de discusiones académicas y discursos tan brillantes como vacuos.
La reforma agraria acabó por convertirse en el tamiz por el que discurre la política nacional durante los seis años de República.Influye en cuestiones como las elecciones constituyentes de junio de 1931, planea en las discusiones sobre la redacción de la nueva Constitución, insufla la radicalización revolucionaria campesina con sucesos como Casas Viejas o Castilblanco, provoca el golpismo de Sanjurjo, incide en las políticas de algunos regionalismos y, por último, se esgrime como causa justificatoria desencadenante de la Guerra Civil. No se tuvo en cuenta la admonición de Ortega y Gasset, quien escribe que si había llegado la hora de desentenderse de las tradiciones políticas -monarquía-, no quedaba más remedio que desembarazarse también, en lo social, de las utopías, bajo el señuelo del agrarismo revolucionario.
La propiedad de la tierra, su expropiación y la indemnización a los propietarios afectados serán los tres jalones por los que discurren los debates parlamentarios. A ellos se suman otros específicos, como el tratamiento expropiatorio a las antiguas tierras de señoríos de la nobleza así como a las tierras dadas a censo, de propios y comunales que acabaron por generar conflictos.
Inicialmente pensada la ley para las tierras de latifundio -Andalucía, Extremadura y Castilla la Nueva-, la ampliación del marco de aplicación, jurídico y territorial, de la ley de reforma resultó ser un error garrafal del Gobierno, al convertirla en un instrumento que, sin alcanzar los fines pretendidos, sirvió de revulsivo de la memoria histórica española de los dos últimos siglos. Y una vez abierta la espita del revisionismo histórico, fue difícil prever y controlar sus consecuencias.
La generalización y uniformización -al aplicarla en toda España, pese a las situaciones agrícolas dispares que en ella se daban- dejaron muy mal parado al regionalismo político, que la rechazaría sin fisuras, a veces con razones contrapuestas: por los nacionalistas gallegos, por la minoría vasco-navarra, por los andalucistas históricos, por asturianos y leoneses preocupados por sus foros, por los blasquistas valencianos, por los medianeros canarios, por los yunteros extremeños o por los payeses y rabasaires catalanes que repudiaban cualquier injerencia del Gobierno de Madrid en la solución de sus conflictos.
Espoleada por la insurgencia militar de Sanjurjo, la Ley de Reforma Agraria fue aprobada en septiembre de 1932. En el discurso de presentación, hecho por Marcelino Domingo, se dijo que ésta tenía tres finalidades: evitar el paro obrero en el campo, distribuir la tierra y racionalizar la economía agraria. De las tres, fue la cuestión de la redistribución de la tierra la que focalizó todas las atenciones, tanto a favor como en contra, y la que puso en evidencia las dificultades de su aplicación durante los años en que estuvo en vigor. Para Andalucía, como es bien conocido, su ejecución apenas fue perceptible -al menos hasta febrero de 1936-, con unas actuaciones mínimas pese a que era la región para la que, en principio, se había pensado la reforma agraria.
El enfrentamiento radicalizado entre los favorables y los contrarios a la aplicación de la ley con todas sus consecuencias comprometió de manera cierta la viabilidad del régimen pues, si se hacía una reforma en profundidad, ¡adiós República! -por oposición de los moderados republicanos y de los conservadores-, y, si no se hacía, ¡adiós República también! -por mor del revolucionarismo obrero, sindical y de los partidos de la izquierda política-.El resultado práctico fue que de 1933 a 1936 la resistencia de los terratenientes fue en aumento mientras que las actuaciones del IRA -organismo encargado de la ejecución de la reforma- presenta en su haber unos resultados muy bajos respecto a los previstos.
Es con el triunfo del Frente Popular en febrero de 1936 cuando la acción reformadora cambia de signo, con ocupaciones y repartos masivos de tierras, debido a los impulsos desencadenados desde abajo más que a las decisiones de las autoridades republicanas y, en ocasiones, pagados de manera cruenta por propietarios y terratenientes afectados. Actuaciones de unos pocos meses, de febrero a julio de 1936, pero que serán muy tenidas en cuenta por la vesania represora emprendida en el mundo rural por los insurgentes civiles y los militares alzados contra la República, como los testimonios de la memoria histórica de aquellas fechas, hoy recuperada, se encargan de recordar.
Antonio-Miguel Bernal es catedrático de Historia Económica de la Universidad de Sevilla y autor de Reformas agrarias. República y nacionalismo en Andalucía (2002).

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