El silencio es la ausencia de ruido, el ruido es el sonido molesto, y muchas formas de sonido no nos llegan a través de los oídos. Hay silencios que dañan y otros que reconfortan. Y ruidos que acompañan y otros que crispan vidas. La justicia ha condenado a cuatro años de prisión al dueño de un bar que en el barrio de Gràcia produjo lo que según la sentencia era un caso claro de contaminación ambiental. Hizo demasiado ruido. La contaminación ambiental es un claro ejemplo de acción humana que ha pasado en la valoración social desde la indiferencia absoluta a la recriminación intransigente y total. Como en cualquier otro delito, al principio se da una mera reprobación social; cuando ésta no funciona como inhibidor, el sistema impone multas, pero si el multado calibra que resulta más práctico pagar y seguir infringiendo, se tipifica en una ley penal la conducta y se priva al infractor de lo que se supone, con razón, que es su bien más preciado, la libertad.

De entre las formas de contaminación ambiental hay algunas netas y evidentes: lanzar deliberadamente residuos químicos al río daña el entorno natural, con consecuencias inmediatas (muerte de la fauna y flora, estética del paisaje), pero también mediatas, pues se ha ido abriendo paso la idea de que la humanidad es globalmente responsable frente a las generaciones futuras de las condiciones en que les deje el mundo en que vive. Emponzoñar el mar, la tierra o el aire es fácilmente condenable sobre esa idea (errada) de que la naturaleza es de todos.

Tuvo que llegar la contaminación acústica (y la lumínica) para que seamos conscientes de que no protegemos el medio ambiente por sí mismo, o para los que vendrán, sino en nuestro propio y exclusivo beneficio. ¿O es que quedará flotando en el ambiente hasta el final de los siglos la vibración acústica generada por el ruido y por tal razón lo condenamos? Y si tal efecto mariposa se produce, ¿será más desaforado el batir de las persianas de hierro en un pequeño bar que todo el estruendoso rumor de automoción sobre el asfalto y la acumulación de voces de tono altisonante en un país como el nuestro, que está considerado de los más ruidosos del mundo?

NO HAY derecho al silencio, no ha sido aún elevado al altar de la ley. Sí hay derecho a callar, porque materializa en parte la libertad de conciencia. El derecho a callar sobre lo que somos, lo que pensamos, lo que votaremos, nos evita la infracción moral de mentir, el agujero más negro en todas las encuestas. En cambio no tenemos derecho a que otros callen, ni a que otros no hagan ruido, pues la vida urbana sólo admite imponer límites de buena vecindad, cuya infracción se multa. Pero el dueño de un bar de Gràcia ha sido condenado a pasar por prisión; la nueva legislación penal le asegura al menos el trago de conocer por dentro el lugar que consuma las tres funciones que la pena tiene, según la teoría al uso: prevención como aviso a caminantes, venganza institucionalizada como resarcimiento a la víctima y rehabilitación del reo como aprovechamiento de las experiencias que la cárcel le brinden.

No estoy criticando que existan penas, ni prisiones, pero el individuo al que me refiero no ha matado a nadie, ni robado, que se sepa. Dicen que fue recalcitrante, machacón, desobediente, pero ¿saben cuál es la pena por insultar a alguien, amenazar de muerte, coaccionar a un vecino a hacer lo que no quiere, llenándole de cera 20 veces la cerradura de su puerta, o cortándole la luz? Poca cosa, a veces sólo multas, si se califican como meras faltas. ¿Y dejar en la calle el coche en doble fila? ¿Y mantener en el lugar de trabajo el aire acondicionado todo el fin de semana, con el chorro de aire caliente, inútil y sobrante? ¿Y creer que pagar impuestos da derecho a utilizar la vía pública como una enorme y alquitranada papelera? Verdaderos alardes de insolidaridad de la vida cotidiana que no están penados, y fíjense hasta qué punto hay gente cansada de ver a los otros tomarles por tontos, que la ordenanza municipal de civismo ha sido recibida con una alegría casi reprobable.

HAN CAMBIADO las modas que influyen en las penas. De un modo u otro siempre ha sido así, y también los modernos de hoy dicen que, por el hecho de serlo, lo que decidan es bueno. Pero la historia demuestra que no todos los adelantados a su tiempo tenían razón, que de vez en cuando fueron los protagonistas del inicio del principio del prólogo de un gran caos. O, en la mejor hipótesis, matar moscas a cañonazos. A la vista del nuevo tipo de delincuente generado por nuestro sistema, equiparado en la sanción al atracador de un banco, se me ocurre que si el Beccaria que hace pocas semanas mentaba Martín Pallín en estas mismas páginas, levantase la cabeza después de dos siglos, no le cabría la menor duda de nos hemos vuelto un poco (más) locos.

MONTSERRAT Nebrera. Catedrática acreditada de Derecho Constitucional de la Universidad Internacional de Catalunya.