EL ANUNCIO de una tregua indefinida por la banda terrorista ETA ha abierto un debate en ciertos medios sobre la actuación posible, y hasta debida, del Jefe del Estado. Tan desafortunada es la postulación de un quehacer regio absolutamente inerte como abiertamente decidido -ya sea a favor o en contra- de la negociación presentada.
De entrada, porque nuestro régimen constitucional se conforma como una monarquía parlamentaria, la única compatible con un sistema democrático: «La forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria» (artículo 1.3 de la Constitución española). Una monarquía, y ésta es su característica definidora por excelencia, donde el rey no está habilitado para intervenir directamente en los asuntos de gobierno, ya que esta competencia se encomienda exclusivamente al Ejecutivo. Dicho con palabras más sencillas y descriptivas, el rey reina, pero no gobierna.
Al monarca le queda, según Bagehot, refiriéndose a la monarquía británica, «el derecho a advertir, animar y ser consultado». O como prescribe nuestra Carta Magna -aunque, veremos, existen diferencias entre ambas monarquías-, «el rey es el jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones¿» (artículo 56.1). Estamos, por tanto, como expresaría Dicey, otro insigne constitucionalista británico, ante un poder residual.
La acción del monarca no se articula así sobre una potestas de la que no se halla investido constitucionalmente -hoy en manos del Gobierno y de las Cortes-, sino de su auctoritas. Y por esto la política antiterrorista es imputable al Ejecutivo y al Parlamento, pero en ningún caso al jefe del Estado. Lo contrario sería violar el marco constitucional, algo lejano a la Corona, siempre exquisita en su escrupuloso cumplimiento.
En consecuencia, el tan esperado discurso del monarca en el palacio del Elíseo ha estado presidido por la lógica prudencia y moderación. Si unos días antes don Juan Carlos ya había pedido «cautela y a esperar», en una reunión informal en los premios de periodismo Rey de España, sus declaraciones se han limitado ahora a reafirmar que el terrorismo sigue siendo un «largo y duro desafío», mientras ha agradecido a las autoridades francesas su colaboración policial y judicial. Y algo más. Su convencimiento, como el nuestro, de que «los instrumentos del Estado de derecho nacional resultan esenciales para hacer frente al terrorismo». Nada más -y nada menos- se podía esperar de este viaje, ni de sus palabras.
El jefe del Estado no es un apéndice del Gobierno. El rey se erige como un poder neutral, pero habilitado, en tanto que órgano constitucional diferenciado, para arbitrar y moderar, pues ésta sí es su competencia, el funcionamiento de las instituciones. Por eso, como recuerda Jiménez de Parga, «reinar en Inglaterra es contemplar el espectáculo desde el palco principal, recreándose en el juego de los autores, de los agentes y de los autores, pero en otras latitudes y en otros climas de convivencia -como aquí-¿ la función de reinar va más allá». Pero este más allá no da para tanto. ¡No pidamos, pues, imposibles constitucionales, ni aventurerismos políticos!

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