LA tramitación del proyecto de Estatuto de Autonomía de Catalunya ha dado lugar a una gran agitación, tanto por su contenido efectivo como por su utilización como arma de desgaste partidista. Hemos asistido a declaraciones tremebundas, a anuncios apocalípticos de desintegración de España, incluso a ruido de sables, a boicots absurdos y a la creación de un estado de opinión cercano a la confrontación entre territorios.

Es cierto que desde Catalunya algunos gestos políticos tal vez no se hayan enfocado de la mejor manera posible. Como lo es también que todo el proceso ha tenido mucho de tacticismo. Se trataba de intentar aparecer más nacionalista que el adversario, y eso vale para todos. No obstante, mucho de lo que envuelve al Estatut ha quedado tergiversado por una enorme dosis de desinformación.

El último episodio lo hemos vivido al abordar en ponencia la discusión del título primero, dedicado a los derechos y deberes de los ciudadanos. Se ha dicho falsamente que el Estatut legitimará la eutanasia, el aborto libre y la poligamia.

Quiero recordar que desde el principio he señalado, una y otra vez, la inanidad de un capítulo de derechos y deberes redundante, que no aporta nada y que transpira la mentalidad de la «izquierda política» que tenemos en Catalunya, la más anticuada de Europa. Por ello, comprendo las sensibilidades que puedan sinceramente sentirse incómodas con el aroma que se desprende de la lectura de este titulo. Sin embargo, una cosa es la innecesariedad de tales artículos, y otra muy distinta atribuirles contenidos que no incluyen y pretender que esa tergiversación se instale en una parte de la ciudadanía.

De entrada, el texto estatutario acordado afirma con rotundidad, gracias a las enmiendas negociadas por CiU, que «los derechos y principios del presente título no supondrán una alteración del régimen de distribución de competencias, ni la creación de títulos competenciales nuevos o la modificación de los existentes». Asimismo, «ninguna de las disposiciones del indicado título podrá ser interpretada de manera que reduzca los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y por los convenios y tratados internacionales ratificados por España». El paralelismo de este precepto respecto al artículo 10 de la Constitución es evidente. La primera conclusión que cabe deducir, por tanto, es que engañan quienes pretenden hacer ver que, a partir de ahora, los derechos de los ciudadanos de Catalunya serán distintos de los del conjunto de España. Serán exactamente los mismos.

El derecho a vivir con dignidad la propia muerte, que se expresa en el proyecto, no tiene nada que ver con la eutanasia, ni puede equipararse a ella. O ¿es que la Constitución española y la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, a las que hay que acudir para interpretar los artículos de este título estatutario, legalizan la eutanasia? Además, se pactó una enmienda que liga tal declaración al derecho a «recibir un tratamiento adecuado del dolor y curas paliativas integrales».

Tampoco el Estatut supone la desintegración de la familia, y menos aún la consagración de la poligamia. El redactado del artículo 40.2 del proyecto establece que «los poderes públicos deben garantizar la protección jurídica, económica y social de las distintas modalidades de familia», y éstas no son otras, según la redacción enmendada por CiU, que las «previstas por las leyes» y según sus «características». Si la ley estatal no bendice la poligamia, menos aún la autorizará el Estatut mediante un precepto cuya función no es otra que la protección de los modelos legales de familia. Y Catalunya no tiene competencias para legalizar el matrimonio de homosexuales. Eso lo han hecho las Cortes Generales, que es a las que les corresponde, y por supuesto con el voto contrario de Unió Democrática.

Igualmente desafortunada es la afirmación según la cual el Estatut amplía los supuestos de aborto. La competencia para penalizar o despenalizar la interrupción del embarazo corresponde al Estado, por tratarse de una materia penal. Pero, además, el nuevo redactado, también como resultado de las enmiendas de CiU, fija que la actuación de la Generalitat en relación con las gestantes se realizará en el ámbito de sus competencias y en los supuestos previstos por la ley.

En cuanto a educación, tras las enmiendas de CiU en el Parlament de Catalunya, el proyecto estatutario reconoce que «las madres y los padres tienen garantizado el derecho que les asiste para que sus hijos e hijas reciban la formación moral y religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones». Tal afirmación no sólo no destruye el derecho a la libertad educativa, sino que, incluso, la ha aplaudido la jerarquía católica.

Las cosas son como son y no como a veces llegan a la opinión pública, máxime si se trata de cuestiones polémicas y objeto de la batalla partidista. Ya he dicho que el título de derechos y deberes del proyecto de Estatut constituye un texto superfluo y, lo que es peor, manifiestamente mejorable. Pero en modo alguno constituye el compendio de barbaridades al que algunos pretenden reducirlo. Basta la simple lectura directa de los artículos aprobados para situar el debate en sus justos términos y evitar así el exceso de demagogia y las exageradas descalificaciones que el texto ha recibido.

Si deseamos construir una convivencia fructífera y estable, el Estatut no puede ser descalificado de oídas, puesto que las consignas no suelen casar con la realidad.

Josep Antoni Duran i Lleida. Presidente del Comité de Gobierno de Unió Democrática de Catalunya.